Control preventivo: ¿Ley discriminatoria o medida justa y necesaria?

Hace unas semanas la Comisión de Constitución del Senado concluyó la revisión de las más de cien indicaciones sobre el proyecto de ley que endurece penas para los delitos de robo hurto y receptación, más conocido como “agenda corta antidelincuencia”, la cual busca aumentar las penas de los delincuentes, fortalecer el Ministerio Público, y permitir el control de identidad preventivo.

Este último ítem, ya aprobado tanto por la Cámara de Diputados y Senado, fue uno de los más polémicos, pues indica que funcionarios policiales puedan solicitar la identificación de cualquier persona por algún indicio de haber cometido un delito, y en caso de no portar su célula, será retenida en un cuartel policial.

Así fue como la indicación conocida como “control preventivo” abrió el debate e hizo reaccionar a organismos tan importantes como el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), el cual criticó la iniciativa debido a que vulnerara los derechos de los menores si estos se vieran involucrados.

Otros de los organismos que expresaron su preocupación durante el proceso fue la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh), esto a través de un comunicado en el que aseguraba que “la disposición vulnera conceptos ampliamente adoptados por la comunidad internacional, tales como la presunción de inocencia y el principio de legalidad, al otorgar facultades desproporcionadas y arbitrarias a la policía”.

Debido a este debate, en el camino surgieron ciertas modificaciones, por lo que finalmente la Comisión resolvió que el procedimiento de control preventivo realizado en un lugar público, “no deberá extenderse por más de cuatro horas, tratándose de mayores de 18 años, y de una hora cuando se trate de personas mayores de 14 y menores de 18 años. Transcurrido el tiempo, se deberá poner término al procedimiento de identificación”.

Pese a los cambios y a la aprobación de ambas cámaras legislativas, el debate sigue, pues para algunos combatir la delincuencia “no va en la línea de restringir derechos”. Los detractores argumentan que el procedimiento surge por indicio de comisión de delitos y no por sospecha.

Hay que recordar que el proyecto que venía de la Cámara de Diputados no tenía limitación y quedaba a criterio policial, por lo que con la modificación del senado la iniciativa busca que tanto Carabineros como la PDI (Policía de Investigaciones) realicen un control adecuado, en el cual no haya espacio para abusos.

Hoy, la medida permitirá a Carabineros obligar a cualquier persona a presentar un documento que acredite su identidad, como un carné, un pasaporte o una licencia de conducir y en caso de no portar nada que lo identifique, podrá ser retenido por los funcionarios policiales.

“Me parece que como su nombre lo indica, es una labor preventiva, no es algo nuevo, y que vino a reemplazar la detención por sospecha propia del sistema procesal anterior (…) Es solo un control de identidad. Te piden tu cédula y como están en línea con el registro civil, ven si tienes antecedentes penales y alguna orden de tención pendiente”, explica la abogada Javiera Peña del Estudio Jurídico Escala y Madrid.

¿Y en cuanto a si es discriminatoria? “Me parece que es una política que no lo es, pues es solo una medida de control preventiva. Si te piden tu carnet de identidad tienes la obligación de exhibirlo y si no lo portas podrás ser llevada a la unidad policial más cercana con el fin de acreditar tu identidad, pero no como detenido, a menos que tengas una detención pendiente (…) No me parece que sea una medida arbitraria ni discriminatoria como lo era antes la detención por sospecha”, nos explica la abogada.

Y con respecto al criterio de detección, ¿qué pasa si el detenido es víctima de algún tipo de abuso? Si se percibe esto en el ejercicio de las facultades establecidas por parte de las policías, el funcionario estará sujeto a las sanciones administrativas y penales que correspondan. Asimismo, y como lo establece la Ley Antidiscriminación, se deberá respetar la igualdad de trato y no de discriminación arbitraria.

Por lo tanto, si algún agente de la policía solicita tu identificación y no la portas, no debes pensar que te están llevando preso, ya que es solo un control, tal como sucede cuando controlan documentos para manejar, y si no tienes nada que esconder, no tienes nada que temer.

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